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Qué dicen los diputados

Diputados consiguieron media sanción para modificar la ley de alquileres

Agustín Domingo, diputado nacional de Juntos Somos Río Negro, compartió su perspectiva sobre las modificaciones en la Ley de Alquileres que pasaron por la Cámara de Diputados y ahora aguardan la aprobación del Senado. Los cambios buscan simplificar y mejorar el sistema de alquileres en Argentina.

Diputados consiguieron media sanción para modificar la ley de alquileres

La reciente aprobación en la Cámara de Diputados de la reforma de la Ley de Alquileres ha generado discusiones y análisis sobre los cambios propuestos. Dos aspectos centrales de la modificación se relacionan con la duración de los contratos y la actualización de los valores de alquiler. Sin embargo, la propuesta todavía debe pasar por el Senado, donde el oficialismo ejerce control sobre las principales comisiones involucradas en su revisión.

El proyecto, impulsado por la oposición y aprobado en Diputados, plantea que los contratos de alquiler recuperen una duración de dos años en lugar de los tres que establece la normativa actual. Agustín Domingo, diputado nacional de Juntos Somos Río Negro, expresó su opinión sobre estos cambios en una entrevista en AM550 y CN24/7. "Había ciertos puntos de esta ley que representan un verdadero obstáculo para brindar soluciones a los inquilinos. Queremos eliminar estas trabas innecesarias y facilitar un sistema más ágil", señaló.

En lo referente a la actualización de los valores de alquiler, la reforma establece que el precio del alquiler debe fijarse como un valor único y mensual en los contratos destinados a uso habitacional. Los ajustes podrán realizarse según el acuerdo entre las partes, con intervalos de 4 a 12 meses. Para los ajustes, se permite la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS) elaborados por el INDEC, o una combinación de estos índices.

Junto a estos cambios, la reforma impone que los contratos de alquiler deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Se introduce también la opción de que el locatario pueda resolver anticipadamente el contrato de alquiler si han transcurrido seis meses desde su inicio, notificando al locador con al menos un mes de anticipación.

En cuanto a indemnizaciones por resolución anticipada, se establece que si el locatario ejerce esta opción en el primer año del contrato, deberá abonar al locador una suma equivalente a un mes y medio de alquiler. Si la opción se utiliza después de ese lapso, la indemnización será de un mes de alquiler.

Además, la reforma altera reglas fiscales para los alquileres, como considerar la administración de inmuebles como una unidad de explotación en el monotributo y eximir de impuestos a las transacciones de alquileres bajo un cierto monto. Se añade la exención del impuesto al cheque para transacciones de locación de propiedades.

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